ACTA MUNICIPAL  44-2024.3

Se acuerda condonar el 50% de las multas de tránsito, impuestas por la Policía Municipal de Tránsito -PMT-, del Municipio de San Cristóbal Verapaz, del Departamento de Alta Verapaz, y el 100% de los intereses generados por mora.


ACTA NÚMERO 44-2024 PUNTO TERCERO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CRISTÓBAL VERAPAZ, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ, CERTIFICA: QUE, PARA EL EFECTO TIENE A LA VISTA EL LIBRO DE HOJAS MÓVILES DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL NÚMERO CINCUENTA Y SEIS (56), AUTORIZADO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS CON EL NÚMERO DE REGISTRO 20,215-2023, EN EL CUAL SE ENCUENTRA EL PUNTO TERCERO DEL ACTA NÚMERO CUARENTA Y CUATRO GUIÓN DOS MIL VEINTICUATRO (44-2024), DE FECHA DIEZ DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO, Y QUE COPIADA EN SU PARTE CONDUCENTE ESTABLECE.

"... TERCERO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN CRISTÓBAL VERAPAZ, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política de la República de Guatemala, prevé que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas y que, entre otras funciones, les corresponde atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; y para tal efecto emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos; y de conformidad a lo que establece el Código Municipal; el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales, siendo el responsable del ejercicio de la autonomía municipal. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de San Cristóbal Verapaz, del departamento de Alta Verapaz, por medio de su Concejo Municipal, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 105 del Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, Código Municipal, se encuentra legitimada para eximir de pago arbitrios o tasas, asi como condonar o rebajar multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos. POR TANTO: Con base en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República; 3, 9, 33, 35, 42, 52, 53, 101, 105 y 107 del Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, Código Municipal.


ACUERDA:

Emitir el siguiente acuerdo que establece:


CAPÍTULO I
MULTAS DE TRÁNSITO

 
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