DECRETO DEL CONGRESO  11-2024

Se acuerda improbar el Decreto Gubernativo Número 1-2024, de fecha diez de abril de dos mil veinticuatro, por medio del cual declara estado de calamidad pública en todo el territorio de la República de Guatemala.


DECRETO NÚMERO 11-2024


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que el artículo 138 de la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que es obligación del Estado y de las autoridades, mantener a los habitantes de la Nación, en el pleno goce de los derechos constitucionales y en determinados casos de emergencia o perturbación grave de la paz, podrá cesar la plena vigencia de los mismos.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 68 bis de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto Número 63-94 del Congreso de la República, regula que cuando el presidente de la República en Consejo de Ministros emita decreto de estado de excepción, los diputados deberán reunirse y atender de manera privilegiada el trámite del mismo, que significa: conocer, ratificar, modificar o improbar el decreto.


CONSIDERANDO:

Que con fecha diez de abril del año en curso, el presidente de la República en Consejo de Ministros emitió el Decreto Gubernativo Número 1-2024, mediante el cual declaró estado de calamidad pública en todo el territorio de la República de Guatemala por el plazo de treinta días.


CONSIDERANDO:

Que al honorable Congreso de la República le corresponde ratificar, modificar o improbar el Decreto Gubernativo Número 1-2024, emitido por el presidente de la República en Consejo de Ministros, aprobando el instrumento legal que en derecho corresponde.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 138, 139 y 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,


DECRETA:

 
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