ACUERDO MINISTERIAL  314-2023

Se acuerda aprobar la categorización del Servicio de Salud que se presta en el Municipio de San Pedro La Laguna del Departamento de Sololá, por medio del cual se le otorga la categoría de Centro de Atención Integral Materno Infantil -CAIMI-.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 314-2023

Guatemala, 08 de noviembre de 2023


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado velará por la salud de todos los habitantes, desarrollando a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social.


CONSIDERANDO

Que el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social establece que, las Direcciones de Redes Integradas de Servicios de Salud son el órgano responsable de diagnosticar, planificar, organizar y brindar asistencia técnica a las Redes Integradas de Servicios de Salud, para brindar una correcta atención integral, enfocado a la mejora continua de la calidad, con base a lineamientos, dirección y coordinación del Viceministro del ramo, siendo necesario, de conformidad con el análisis técnico efectuado por parte de la Dirección Departamental de Redes Integradas de Servicios de Salud de Sololá, categorizar el servicio de salud que se presta en el municipio de San Pedro La Laguna del departamento de Sololá, deviniendo por ello indispensable emitir el presente instrumento legal, por ser de estricto interés del Estado.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los Artículos 93, 94 y 95 de ese mismo cuerpo legal; 27 literales a), f) y m) del Decreto Número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 9 literal a) y 11 del Decreto Numero 90-97, Código de Salud, ambos del Congreso de la República de Guatemala; 77 y 78 del Acuerdo Gubernativo Número 59-2023 del Presidente de la República de Guatemala, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social; y, 1 del Acuerdo Ministerial Número 20-2016 del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de fecha 11 de enero de 2016.


ACUERDA

 
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