ACUERDO  COM-03-2023

Se acuerda autorizar la venta mediante Pública Subasta, de los vehículos chatarra o para desarme que han causado abandono en depósito municipal ubicado en Km. 35.5 carretera al Atlántico.


ACUERDO No. COM-03-2023


EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA


CONSIDERANDO

Que en los Depósitos Municipales de Vehículos se encuentra una gran cantidad de vehículos que han permanecido por más de seis meses a disposición del Juzgado Primero de Asuntos Municipales de Tránsito, por infracciones a la Ley de Tránsito, al Reglamento de Tránsito y demás disposiciones sobre la materia, específicamente, abar dono en la vía pública, sin que los propietarios o tenedores legítimos hayan gestionado su devolución.


CONSIDERANDO

Que el artículo 37 de la Ley de Tránsito establece que los vehículos, chatarra o cosas incautadas o vehículos dejados en la vía pública que hayan causado abandono conforme el párrafo segundo del Artículo 35 de dicha ley, se venderán en pública subasta, o se adjudicarán a las municipalidades, según corresponda, si después de seis meses de haberse incluido su descripción en los avisos colocados por la autoridad de tránsito en lugares visibles y públicos de sus oficinas, nacionales, departamentales, municipales u otras, según el caso, no fueren reclamados por sus propietarios o legítimos tenedores. Por lo que es procedente que el Concejo Municipal autorice la venta en pública subasta de los vehículos incautados y/o consignados que han causado abandono en el predio municipal ubicado en el Km. 35.5 carretera al Atlántico.


CONSIDERANDO

Que el Juzgado Primero de Asuntos Municipales de Tránsito, cumplió a cabalidad con los procedimientos legales para la aprobación de la pública subasta de los vehículos que han causado abandono en los depósitos municipales.


POR TANTO

Con fundamento en lo considerado, leyes citadas y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala: 2, 3, 7, 30, 33, 35, 39, 40, 52, 82, 83, 84, 105, 139, 140, 141, 161, 162, 165, 166 y 170 del Código Municipal y 31, 35, 36, 37, 38 y 39 de la Ley de Tránsito.


ACUERDA

 
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