ACUERDO 1533
Se acuerda modificar el porcentaje de 7% a 10% contenido de la Norma Presupuestaria número romano XVIII, establecida en el artículo 3; literal b) egresos del Acuerdo Número 1505.
ACUERDO NÚMERO 1533
LA JUNTA DIRECTIVA DEL
INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL
CONSIDERANDO:
Que la Gerencia tiene la facultad para autorizar modificaciones presupuestarias hasta por un techo del 7% anual del Presupuesto General de Egresos del Instituto, las cuales han sido consumidas en gran parte por la demanda de solicitudes de modificaciones presupuestarias, necesarias fundamentalmente, para orientar gastos en la atención de diferentes servicios de salud, por lo que se hace necesario incrementar dicho porcentaje a fin de continuar atendiendo el abastecimiento de insumos y pago de prestaciones.
POR TANTO,
En uso de las facultades legales y de las que específicamente le confiere el Artículo 19, inciso c) del Decreto Número 295 del Congreso de la República de Guatemala "Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social".
ACUERDA:
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