ACTA MUNICIPAL  23-2,022.7

Reglamento Municipal para la Administración del Estacionamiento Municipal, del transporte público urbano y extra urbano, "La Cruz" Tzanjuyup, del Municipio de San Andrés Xecul, Departamento de Totonicapán.


ACTA NÚMERO 23-2,022 PUNTO SÉPTIMO

El Infrascrito Secretario Municipal del Municipio de San Andrés Xecul, departamento de Totonicapán, CERTIFICA: Tener a la vista el libro de Actas de Sesiones Ordinarias en uso, en el cual se encuentra el acta número: 23-2,022 de fecha Ocho de Junio del dos mil Veintidós; la cual en su Punto SÉPTIMO, copiado literalmente, dice.

SÉPTIMO: LA MUNICIPALIDAD DE SAN ANDRÉS XECUL, DEPARTAMENTO DE TOTONICAPÁN, A TRAVÉS DE LAS FACULTADES LEGALES CONFERIDAS AL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, PRECEDIDO POR EL DISTINGUIDO ALCALDE MUNICIPAL, PROFESOR FAUSTINO RICARDO CHAN CUX. ACUERDA APROBAR EL SIGUIENTE; "REGLAMENTO MUNICIPAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTACIONAMIENTO MUNICIPAL, DEL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO Y EXTRA URBANO, "LA CRUZ" TZANJUYUP, DEL MUNICIPIO DE SAN ANDRÉS XECUL, DEPARTAMENTO DE TOTONICAPÁN". CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el artículo 68 literal b) y 72 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, los municipios son instituciones autónomas a los que entre otras atribuciones les corresponde la prestación de los servicios públicos locales, y les compete la regulación del transporte de pasajeros y carga, así como de sus terminales locales. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 67 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, el municipio puede promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales, ambientales y prestar los servicios públicos necesarios como el Servicio de Transporte Público Colectivo Urbano de manera ordenada, para mejorar la calidad de vida de sus habitantes y satisfacer las necesidades de la población en general. CONSIDERANDO: Que derivado de la problemática del caos vehicular y el poco ordenamiento en materia de tránsito en el casco urbano del municipio, el honorable Concejo Municipal de San Andrés Xecul, departamento de Totonicapán como parte de las políticas municipales de desarrollo, gestiono, priorizo y ejecuto el proyecto denominado: "ESTACIÓN DE BUSES CABECERA MUNICIPAL, SAN ANDRÉS XECUL, TOTONICAPÁN" para dar respuesta inmediata a los flagelos en materia de tránsito, haciéndose necesario la creación del instrumento normativo que regule la conducta de los usuarios del referido proyecto, con el fin de procurar un servicio eficaz y eficiente a sus administrados. POR TANTO: Con base en lo considerado y en el ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 6, 33 y 35 literales e), i) del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala. ACUERDA: Emitir y aprobar el siguiente.

"REGLAMENTO MUNICIPAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTACIONAMIENTO MUNICIPAL, DEL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO Y EXTRA URBANO, "LA CRUZ" TZANJUYUP, DEL MUNICIPIO DE SAN ANDRÉS XECUL, DEPARTAMENTO DE TOTONICAPÁN".


CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES.

 
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