ACUERDO GUBERNATIVO 208-2022
Se acuerda exonerar de multas y recargos a los contribuyentes o responsables, que hayan incurrido en infracción por omisión del pago del Impuesto sobre Circulación de vehículos terrestres, marítimos y aéreos, por los períodos fiscales 2021 y 2022.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 208-2022
Guatemala, 4 de agosto de 2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, es función del Presidente de la República, exonerar de multas y recargos a los contribuyentes que hubieren incurrido en ellas por no cubrir los impuestos dentro de los términos legales o por actos u omisiones en el orden administrativo.
CONSIDERANDO
Que por diversas razones, algunos contribuyentes no pudieron hacer efectivo dentro del plazo establecido en el Decreto número 70-94 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, el pago correspondiente a los períodos fiscales 2021 y 2022, y con el objeto de facilitar que los mismos cumplan con sus obligaciones tributarias sin afectar su economía, es necesario otorgar exoneración sobre multas y recargos en que hayan incurrido.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere las literales e) y r) del artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y artículo 97 del Código Tributario Decreto número 6-91 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA
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