ACUERDO GUBERNATIVO 135-2022
Se acuerda aprobar la disminución al Presupuesto de ingresos y egresos del Comité Permanente de Exposiciones -Coperex-, para el ejercicio fiscal dos mil veintidós.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 135-2022
Guatemala, 6 de junio de 2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 238, literal b), establece que la Ley Orgánica del Presupuesto regulará los casos en los que puedan realizarse transferencias de partidas dentro del total asignado para cada Organismo. En ese sentido, dicha Ley determina al Ministerio de Finanzas Públicas como Órgano Rector de la Administración Financiera y define el instrumento jurídico mediante el cual se autorizan las disminuciones que resulten necesarios durante la ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos de las Entidades Descentralizadas para cada ejercicio fiscal que aprueba el Organismo Ejecutivo;
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44; establecen que cuando se disminuya el presupuesto de las entidades descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas;
CONSIDERANDO
Que el Comité Permanente de Exposiciones -Coperex-, solicita autorización para disminuir su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintidós, considerando que estima percibir menos ingresos propios de los programados originalmente, debido a que en sus instalaciones funciona un hospital temporal que atiende a pacientes con Covid-19, por lo que requiere rebajar las asignaciones de diferentes renglones de gasto del Programa 11 Promoción Industrial y Comercial; en consecuencia, conforme al Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, el Artículo 17 establece que corresponde la fiscalización a la Contrataría General de Cuentas.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y que se cuenta con el Dictamen Número 150 de fecha 16 MAY 2022 , emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 122-2022 de fecha 18 de may0 2022 , del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literales e) y q); y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44.
ACUERDA
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