DECRETO GUBERNATIVO  3-2022

Se acuerda declarar Estado de Calamidad Pública en los Departamentos de Guatemala, Jutiapa, Jalapa, Santa Rosa, Chiquimula, El Progreso, Sacatepéquez y Zacapa.

*Ratificado por el artículo 1, del Decreto número 35-2022.


DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 3-2022

Guatemala, 21 de junio de 2022


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, es deber del Estado garantizar la vida, la integridad y la seguridad de las personas y de sus bienes, así como evitar o reducir los efectos provocados por todo acontecimiento natural que produzca alteración del entorno físico y social que pueda causar pérdidas humanas y contar con la respuesta oportuna para las áreas geográficas o comunidades afectadas; y en el caso de calamidad pública, algunos derechos constitucionales pueden limitarse previa declaratoria del Presidente de la República de Guatemala en Consejo de Ministros, calificando la situación particular según su naturaleza y gravedad, aplicando las medidas legales correspondientes, en lo estrictamente necesario de conformidad con la Ley de Orden Público.


CONSIDERANDO

Que según la Asociación Nacional de Municipalidades de la República de Guatemala -ANAM-, los últimos acontecimientos registrados en el país por el paso de los fenómenos naturales asociados a las copiosas lluvias generadas por la tormenta CELIA y sus efectos, han provocado severos daños a la población, a viviendas, centros educativos, puentes, carreteras así como a la seguridad alimentaria, salud, educación, economía e infraestructura; lo que hace imperioso tomar las acciones inmediatas que prioricen la recuperación inmediata de los daños provocados al país y demás efectos colaterales.


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el Informe Situacional Efectos de Época Lluviosa, Sistema de Baja Presión asociado a la Onda del Este, Sistema de Baja Presión asociado al Ciclón Tropical BLAS y los efectos del Ciclón Tropical CELIA y sus actualizaciones, emitidos por las Direcciones de Respuesta y de Mitigación de la Secretaría Ejecutiva de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres Naturales o Provocados -CONRED-, así como del Acuerdo Número CN-18-2022 del 20 de junio de 2022 emitido por la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres Naturales o Provocados -CONRED-, se establece que a la fecha los efectos de los sistemas de baja presión han afectado los dos litorales del país, además del acercamiento de la onda del este y del ciclón tropical CELIA, lo que favorece altos acumulados de lluvia y saturación de suelos; así como las fuertes y constantes lluvias manifestadas en el territorio nacional que han tenido graves impactos en varias regiones de la República de Guatemala; obligando al Estado a adoptar las medidas oportunas y necesarias que permitan mitigar los efectos adversos que se reflejan en pérdidas y daños materiales, en especial afectando la infraestructura y las redes de comunicación del país, resultando primordial anticipar recursos y mecanismos que permitan garantizar la vida, la seguridad, integridad y dignidad de la población en los departamentos afectados.


CONSIDERANDO

Que el Estado de Guatemala, es Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y que conforme el instrumento internacional para implementar un régimen jurídico especial temporal, debe sujetarse al principio de convencionalidad, garantizar los derechos humanos y aplicarse conforme a la ley, en razones de interés general y exclusivamente para el propósito establecido y las medidas que se dicten deben ser necesarias, proporcionales y determinadas en cuanto al plazo, lo cual cumple la decisión que se asume en Consejo de Ministros.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 1, 2, 3, 138, 182, 183 literales a), b), e) y f), 195 de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 139 del mismo cuerpo legal; 1, 2, 14, 15, 25, 28, 29, 31, 34, 35 y 36 del Decreto Número 7 de la Asamblea Constituyente de la República de Guatemala, Ley de Orden Público.


EN CONSEJO DE MINISTROS
DECRETA:

 
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