DECRETO DEL CONGRESO 16-2022
Ley del día del Contador Público y Auditor
DECRETO NÚMERO 16-2022
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 90 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece la colegiación profesional obligatoria, con fines de superación moral, científica, técnica y material de las profesiones universitarias, reconociendo a los colegios profesionales como asociaciones gremiales con personalidad jurídica.
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria señala en su tercer considerando, la igualdad de derechos y obligaciones de los profesionales que ejercen en todo el país y en el artículo 3 establece dentro de los fines de los colegios profesionales, promover el mejoramiento cultural y científico de los profesionales universitarios; asimismo, el bienestar de sus agremiados.
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece el principio de igualdad y en este sentido, debe existir el mismo derecho entre todos los profesionales del país, debiendo por tanto ser reconocido el Día del Contador Público y Auditor el día uno (1) de junio de cada año, en reconocimiento de los profesionales que ostentan tal calidad profesional.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente:
LEY DEL DÍA DEL CONTADOR PÚBLICO Y AUDITOR
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