ACUERDO DE MIGRACIÓN  05-2021

Se acuerda reformar el Reglamento de Visas Guatemaltecas.


ACUERDO DE AUTORIDAD MIGRATORIA
NACIONAL No. 05-2021


CONSIDERANDO:

Que corresponde al Instituto Guatemalteco de Migración, velar por lo relativo al ingreso, egreso y permanencia de las personas extranjeras en el territorio nacional, apegándose a las disposiciones emanadas del Código de Migración y demás disposiciones aplicables en materia migratoria.


CONSIDERANDO:

Que el Código de Migración, establece en el artículo 105, que la Autoridad Migratoria Nacional debe emitir de forma periódica a qué nacionalidades se les requerirá visa para ingresar a territorio nacional.


CONSIDERANDO:

Que a través de Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional 3-2019, publicado el 21 de marzo de 2019, fue aprobado el Reglamento de Visas Guatemaltecas el cual contempla las disposiciones reglamentarias necesarias para la obtención de visa guatemalteca.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 118 literal n) del Código de Migración, Decreto Número 44-2016 del Congreso de la República de Guatemala y el Artículo 13 de Reglamento Interno de Funcionamiento de la Autoridad Migratoria Nacional, Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional 01-2018:

Se aprueban las siguientes:


REFORMAS AL REGLAMENTO DE VISAS GUATEMALTECAS

 
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