ACTA MUNICIPAL  64-2020.5

Plan de tasas por servicios administrativos, servicios públicos, rentas, frutos, productos, multas y demás ingresos no tributarios.


ACTA NÚMERO 64-2020 PUNTO QUINTO


PLAN DE TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, SERVICIOS PÚBLICOS, RENTAS,
FRUTOS, PRODUCTOS, MULTAS Y DEMÁS INGRESOS NO TRIBUTARIOS DE LA
MUNICIPALIDAD DE CHIMALTENANGO, DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHIMALTENANGO, DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO

CERTIFICA: Tener a la vista el Libro de Actas de Sesiones Ordinarias Número: ocho mil doscientos siete guion dos mil veinte (8207-2020), Autorizado por la Delegación Departamental de la Contraloría General de Cuentas del Honorable Concejo Municipal, en el cual aparece el Acta Número: sesenta y cuatro guión dos mil veinte (64-2020), de fecha trece de agosto del año dos mil veinte (13-08-2,020), la cual contiene el punto QUINTO: Que Copiado literalmente dice: El Concejo Municipal del Municipio de Chimaltenango, Departamento de Chimaltenango CONSIDERANDO: Que dentro del ámbito de la autonomía municipal establecido en la literal b) del artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala a los municipios les corresponde obtener y disponer de sus recursos; ordenando el artículo 255 constitucional que las Corporaciones Municipales deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios. Disposiciones que son desarrolladas por el Código Municipal, Decreto No. 12-2002 del Congreso de la República. CONSIDERANDO: Que dentro de las atribuciones que el artículo 35 del Código Municipal asigna al Concejo Municipal se encuentra en su literal n) la relacionada con la fijación de tasas por servicios administrativos y tasas por servicios públicos locales; de rentas de los bienes municipales, sean éstos de uso común o no. Disposición que se complementa con lo dispuesto por las literales d), e), h), r), del artículo 100, 101 y párrafo segundo del 102 del citado cuerpo legal. CONSIDERANDO: Que el Plan de Tasas, Rentas, Frutos, Productos, Multas y demás Tributos de la Municipalidad de Chimaltenango, data del año 1991, contenido en el punto segundo del Acta No. 29-91 del 29 de mayo de 1991, publicado en el Diario Oficial el 19 de septiembre de 1991; por lo que se hace necesaria su actualización a efecto de adecuarlo a las necesidades y realidad económica del municipio y a las disposiciones en materia de fuentes de ingresos de recaudación local vigentes establecidas por el Código Municipal. POR TANTO: Con fundamento en las disposiciones constitucionales y disposiciones legales citadas y en base a lo que preceptúan los artículos 3,5, 7, 8 literal f); 9, 13, 17 literales d), j); 33, 35 literales a), e), i), n), z); 40, 41, 42, 68 literales a), c), e), m); 72, 73, 118, 119 numeral 3, del Código Municipal Decreto No. 12-2002 del Congreso de la República; el Concejo Municipal del Municipio de Chimaltenango, por unanimidad de votos de sus integrantes, ACUERDA: I). APROBAR, la siguiente ORDENANZA de OBSERVANCIA GENERAL que contiene el PLAN DE TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, SERVICIOS PÚBLICOS, RENTAS, FRUTOS, PRODUCTOS, MULTAS Y DEMÁS INGRESOS NO TRIBUTARIOS, de la siguiente manera:

 
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