ACUERDO 1429
Se Acuerda Emitir Las Normas Relativas A Contribución Voluntaria Específica Para Una Población Delimitada.
*Aprobado por el Acuerdo Gubernativo 200-2019
ACUERDO NÚMERO 1429
CONSIDERANDO:
Que el Régimen de Seguridad Social, dentro del Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia compensa mediante el otorgamiento de prestaciones en dinero, el daño económico resultante de la cesación temporal o definitiva de la actividad laboral.
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Número 1124 Reglamento Sobre Protección Relativa a Invalidez, Vejez y Sobrevivencia, establece los requisitos mínimos para tener derecho a las pensiones que se otorgan por esos riesgos, siendo uno de ellos el tener acreditadas determinado número de contribuciones al Instituto.
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo número 1124 Reglamento Sobre Protección Relativa a Invalidez, Vejez y Sobrevivencia regula lo relativo a la Contribución Voluntaria de una forma rígida, restringiéndolo del goce de todos los afiliados al Instituto, que pudieren hacer uso de este para posteriormente gozar de pensión por Vejez.
POR TANTO,
En uso de las facultades que le confiere el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social,
ACUERDA:
Emitir las normas relativas a:
CONTRIBUCIÓN VOLUNTARIA ESPECÍFICA PARA UNA POBLACIÓN DELIMITADA
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