ACTA MUNICIPAL  036-2019.5

Reglamento Para La Autorización Y Funcionamiento De Establecimientos Abiertos Al Público, Que Expendan Bebidas Alcohólicas Y/O Fermentadas Dentro Del Municipio De San Miguel Dueñas.

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUMCIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL

DUEÑAS, DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ


CERTIFICA:

Que para el efecto tuvo a la vista el Libro de Actas del Concejo Municipal de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias, autorizado por la Jefa de la Delegación Departamental de la Contraloría General de Cuentas, en el que aparece el punto quinto del acta de sesión No. 036-3119 de fecha dieciséis de julio del dos mil diecinueve, que literalmente dice: QUNTO: Ampliación del punto quinto del acta 071-2019 de fecha ocho de noviembre del 2018. En fecha ocho de noviembre del dos mil dieciocho, el Concejo Municipal, tuvo como punto de agenda Aprobación del Reglamento para Autorización y Funcionamiento de Establecimientos Abiertos al Público que expendan Bebidas Alcohólicas y/o Fermentadas dentro del Municipio de San Miguel Dueñas; habiendo quedado de la siguiente manera: "QUINTO: Aprobación del Reglamento pare la Autorización y Funcionamiento de Establecimientos Abiertos al Público, que expendan Bebidas Alcohólicas y/o Fermentadas dentro del Municipio de San Miguel Dueñas. Se trae a la vista el expediente que contiene el reglamento en referencia que contiene los siguientes ANTECEDENTES. En fecha uno de septiembre del dos mil dieciocho mediante punto tercero del acta sesenta y dos guión dos mil diecisiete los miembros del Concejo Municipal conocieron el Reglamento para la Autorización y Funcionamiento de Establecimientos Abiertos al Público, que expendan Bebidas Alcohólicas y/o Fermentadas dentro del Municipio de San Miguel Dueñas, y acordaron que se realicen los cambios sugeridos en la presente sesión para ser analizados posteriormente. En fecha veintisiete de octubre de dos mil diecisiete mediante punto tercero del acta 75-2018 el Concejo Municipal al conocer el citado reglamento acordó remitir, el proyecto de reglamento al departamento jurídico con las respectivas observaciones. En fecha treinta de octubre del dos mil diecisiete se remitió el proyecto de reglamento en referencia a la licenciada Rosana Lisbeth Paiz Hernández. En fecha siete de noviembre del dos mil diecisiete la Licenciada Rosana Lisbeth Paiz Hernández emitió lega sobre el reglamento en referencia, e incorporó los cambios sugeridos. En fecha cinco de octubre del dos mil dieciocho el Concejo Municipal mediante punto tercero del acta sesenta y tres dos mil dieciocho, al conocer el citado reglamento acordó que la asesora jurídica integre los cambios sugeridos. Por lo que los miembros de Concejo Municipal de San Miguel Dueñas, proceden a analizar el reglamento para la Autorización y Funcionamiento de Establecimientos Abiertos al Público, que expendan Bebidas Alcohólicas y/o Fermentadas dentro del Municipio de San Miguel Dueñas en su redacción final y posteriormente el señor alcalde municipal lo somete a votación, habiendo quedado de la siguiente manera: VOTAN A FAVOR: la sindico primero, Ana Yolanda Vásquez Girón; el concejal segundo Edgar Amílcar García Ortiz; el concejal cuarto Juan Aborto García Jerez; el alcalde municipal, Alejandro Fernández Cabrera. VOTAN EN CONTRA: el síndico segundo Juventino Matías Medio; el concejal primero Daniel Oswaldo Pérez Ramírez; el concejal tercero Tomás Estuardo Vega Tobar. Por lo que Concejo Municipal de la Municipalidad de San Miguel Dueñas del Departamento de Sacatepéquez. CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece lo relacionado a la autonomía municipal, indicando que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas, y para los efectos correspondientes emitirán sus ordenanzas y reglamentos respectivos CONSIDERANDO: Que el artículo 3 del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal, al establecer lo relativo a la autonomía municipal, indica que en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, la emisión de ordenanzas y reglamentos. CONSIDERANDO: Que la literal i) del artículo 35 del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal, establece que es competencia del Concejo Municipal la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales. POR TANTO: En uso de las facultades que le confieren el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, y los artículos 3, 33, 34 y 35 literal i), 40 y 42 del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal; Los miembros del Concejo Municipal, por mayoría de votos de sus integrantes. ACUERDAN: I) Aprobar el Reglamento para la Autorización y Funcionamiento de Establecimientos Abiertos al Público, que expendan Bebidas Alcohólicas y/o Fermentadas dentro del Municipio de San Miguel Dueñas. II) Publíquese en el Diario Oficial de Centro América. III) Que se cumpla con los procedimientos de ley, para el cumplimiento del mismo. IV)..."Por lo que los miembros del Concejo Municipal por unanimidad ACUERAN I) Integrar a la presente acta el REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PÚBLICO, QUE EXPENDAN BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y/O FERMENTADAS DENTRO DEL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL DUEÑAS; el cual fue aprobado en fecha ocho de noviembre del dos mil dieciocho mediante punto quinto del acta 71-2018, del libro de actas del Concejo Municipal de sesiones ordinarias y extraordinarias secretaria municipal, Municipalidad de San Miguel Dueñas. II) El reglamento aprobado es el siguiente:

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DUEÑAS,
DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUEL DUEÑAS


CONSIDERANDO

Que es deber del Estado garantizar la seguridad de las personas, debiendo para esto dictar las disposiciones que mejoren el desarrollo social, garantizando así la vida, libertad, justicia y paz de sus habitantes.


CONSIDERANDO

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones, les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender de los recursos públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.


CONSIDERANDO

Que el Concejo Municipal como representante de la sociedad de San Miguel Dueñas debe velar por el bien común del municipio, así como solucionar las problemáticas que aquejan a la población, regulando para el efecto una normativa para el consumo y expendio de bebidas alcohólicas a fin de prevenir un mayor índice de muerte dentro de los habitantes, violencia y desintegración intrafamiliar, así como delincuencia.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 7, 9, 33, 35 inciso a), b), d), e), i), 142 y 143 del Código Municipal, el Concejo Municipal por mayoría.


ACUERDA:

Aprobar el siguiente:


REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PÚBLICO, QUE EXPENDAN BEBIDAS
ALCOHÓLICAS Y/O FERMENTADAS DENTRO DEL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL DUEÑAS.


CAPITULO I
OBJETO

 
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