ACTA MUNICIPAL  75-2018.6

Se Acuerda Prohibir La Concesión, Licencia O Autorización De Tarjetas De Operación Para La Circulación De Transporte Público De Tres Ruedas.

ACTA 75-2018 PUNTO SEXTO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ DEL QUICHE, DEPARTAMENTO DE QUICHE, CERTIFICA: Tener a la vista las hojas movibles para uso de esta municipalidad, destinadas para actas de sesiones ORDINARIAS y EXTRAORDINARIAS que celebra el Concejo Municipal, en las que se encuentra el punto SEXTO, del acta 75-2018 de la sesión de fecha Trece de Agosto del 2018, que en lo conducente establece:

"SEXTO: El Honorable Concejo Municipal de Santa Cruz del Quiché, departamento de Quiché; CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala; y, el Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas, se establece que el Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus acuerdos, reglamentos y ordenanzas; CONSIDERANDO: Que dentro de las atribuciones del Concejo Municipal en el ejercicio del gobierno del municipio, está la regulación del transporte de pasajeros y carga, y sus terminales locales, así como la facultad de regular los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial y, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos; CONSIDERANDO: Que las municipalidades están obligadas a formular y ejecutar planes de ordenamiento territorial y de desarrollo integral de sus municipios, y por consiguiente, le corresponde la función de proyectar, realizar y reglamentar la planeación, proyección, ejecución y control urbanísticos, así como la preservación y mejoramiento del entorno y el ornato, el cual se vería afectado con el incremento de nuevas unidades de vehículos denominados moto taxis o vehículos similares dentro de las calles y avenidas de la ciudad y evitar congestionamiento vehicular; CONSIDERANDO: Que los miembros del Honorable Concejo Municipal analizan la solicitud presentada por los integrantes del Comité Ejecutivo del Sindicato de Moto Taxistas y Similares de Santa Cruz del Quiché, representados por el señor Serbando Reyes Motta, quien se identifica con Documento Personal de Identificación, con número de CUI 2375 17167 1414; extendido por el Registro nacional de las Personas de la República de Guatemala, y por la Junta Directiva de la Asociación Civil de Moto Taxi Los Celajes, representados por el señor Jerónimo Mejia Calel, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación, con número de CUI 2468 14764 1402; extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, por medio de las cuales manifiestan que actúan a nombre de sus afiliados y/o asociados y SOLICITAN que se ratifique el punto cuarto del Acta No. 20-2014, de sesión ordinaria del Concejo Municipal celebrada el tres de marzo de dos mil catorce, también solicitan que se modifique el acuerdo ya relacionado, de conformidad con las siguientes peticiones: a) Que quede prohibida la concesión, licencia o autorización y autorización de tarjetas de operación para la circulación de transporte público de tres ruedas más de los que contiene el acuerdo ya descrito; b) Que quede prohibida la circulación de vehículos de cuatro ruedas para sustituir moto taxis, toda vez que de conformidad con lo que establece el artículo 3 del Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas, y el artículo 253 de la Constitución de la República de Guatemala, en amparo a la autonomía Municipal se le autorizó la circulación de transporte de pasajeros a través de transporte de tres ruedas moto taxis, en virtud de que el acuerdo ya relacionado, ya nació a la vida jurídica, ya no se puede tergiversar el contenido del mismo, quedando entonces prohibida la autorización para otra clase de vehículos de cuatro ruedas como lo son los vehículos pequeños de cuatro ruedas denominados QUTE, o cuadriciclos de fabricación Bajaj y/o de otras fabricaciones o marcas; c) La municipalidad a través del órgano competente es decir el Juzgado Municipal de Tránsito a través de los Agentes de la Policía Municipal de Tránsito deberán tener un control estricto sobre la circulación de vehículos denominados moto taxis que no tengan autorización por la Municipalidad de Santa Cruz del Quiché, para el transporte de pasajeros dentro del perímetro urbano de esta ciudad. Por lo cual debe analizarse la solicitud y el acuerdo antes indicado, por parte de este cuerpo colegiado. POR TANTO: Este Honorable Cuerpo Colegiado, en el uso de las facultades que la ley le otorga y en lo que para el efecto determinan los artículos 253, 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 9, 33, 35 incisos a), b), d), i), aa); 68 inciso c), del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas; y luego de haber analizado, amplia y detenidamente sobre el particular por unanimidad de votos ACUERDA:

 
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