ACUERDO GUBERNATIVO  99-2018

Se Acuerda Autorizar Temporal Y Expresamente A La Dirección General De Migración Del Ministerio De Gobernación Para Que, A Solicitud Del Interesado, Proceda A Exonerar El Noventa Por Ciento (90%) De Las Multas Impuestas A Los Extranjeros.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 99-2018

Guatemala, 5 de junio de 2018


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, es función del Presidente de la República, exonerar multas a las personas que han incurrido en sanciones por actos u omisiones en el orden administrativo; y, el Código de Migración, establece las faltas administrativas y sanciones pecuniarias, entre ellas, la establecida por permanecer en el país por más tiempo del que haya sido autorizado.


CONSIDERANDO

Que hay extranjeros que han sido sancionados con multa por permanecer en el territorio de la República de Guatemala por más tiempo del que se le autorizó, y que por diversas razones no han podido pagar la misma, se estima conveniente emitir una disposición temporal que les permite solventar su situación ante la autoridad respectiva, exonerándolos en forma parcial de la multa en que hayan incurrido por esa falta, con la finalidad de regularizar su situación migratoria.


POR TANTO

En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 154 y 183 literales e), q) y r) de la Constitución Política de la República de Guatemala.


ACUERDA

 
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