ACUERDO  24-2018

Se Acuerda Adicionar Párrafo Al Artículo 1 Del Acuerdo 85-2017 De La Corte Suprema De Justicia.


ACUERDO NÚMERO 24-2018


CONSIDERANDO

Que es la facultad de la Corte Suprema de Justicia crear e implementar órganos jurisdiccionales, así como, determinar su competencia, organización y funcionamiento, con el objeto de prestar el servicio de administración de justicia y facilitar el acceso a la misma a la población que la necesita.


CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo número 1-98 de la Corte Suprema de Justicia fue creado el Juzgado de Paz Comunitario del municipio de San Luis, del departamento de Petén; y que con el incremento poblacional y la demanda de acceso a la justicia por los pobladores de la región, se hizo necesario e indispensable la creación del Juzgado de Paz del Municipio de San Luis, del departamento de Petén a través del Acuerdo número 85-2017 de la Corte Suprema de Justicia.


CONSIDERANDO

Que es necesario adicionar al artículo 1 del Acuerdo 85-2017 de la Corte Suprema de Justicia sobre la competencia penal del Juzgado de Paz Comunitario, para establecer de manera clara que ambos Juzgados puede funcionar de manera paralela de acuerdo con la competencia establecida para cada uno, para cubrir los servicios de administración de justicia que demanda la población. Con el fin de administrar pronta y cumplida justicia de conformidad con el artículo 207 de la Constitución Política de la República de Guatemala.


POR TANTO

La Corte Suprema de Justicia, con fundamento en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203, 205 y 207 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 53, 54 literales a) y f), 57, 58, 74 y 77 de la Ley del Organismo Judicial e integrada como corresponde,


ACUERDA

 
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