ACTA MUNICIPAL 17-2017.4
Se acuerda "APROBAR LA CREACIÓN DE LA OFICINA MUNICIPAL DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA MUNICIPALIDAD USPANTÁN DEL DEPARTAMENTO DE EL QUICHÉ".
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL, DEL MUNICIPIO DE USPANTÁN, DEPARTAMENTO DE EL QUICHÉ, CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DÉ SESIONES MUNICIPALES EN DONDE SE ENCUENTRA EL PUNTO CUARTO DEL ACTA NÚMERO 17-2017, DE FECHA CUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, QUE COPIADO EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:
ACTA No. 17-2017: PUNTO CUARTO B: El honorable Concejo Municipal, del municipio de Uspantán, departamento de El Quiché,
CONSIDERANDO
Que de conformidad con la constitución Política de la República de Guatemala, su fin supremo es la realización del bien común, garantizar a los habitantes de la Republica la vida, la libertad, la justicia, la seguridad; la paz y el desarrollo integral de la persona.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el Código Municipal, corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, el ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República de Guatemala garantizar al municipio, y por ende velar por la integridad de su patrimonio y garantizar sus intereses con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos, conforme a la disponibilidad de recursos. Con la facultad de emitir y aprobar acuerdos, reglamentos y ordenanzas.
CONSIDERANDO
Que es de carácter obligatorio que las municipalidades abastezcan de agua potable a las comunidades situadas dentro de su jurisdicción territorial, conforme lo establece el código de salud, el cual tiene como finalidad esencial garantizar el derecho a la salud.
CONSIDERANDO
Que la Primacía del interés colectivo sobre el individual, se fundamenta en el protección de derechos tales como el derecho del agua y a la salud, de manera adecuada y equilibrada por ser prioridad para la vida. El municipio de Uspantán, cuenta con el Recurso Hídrico, que es un medio para que puedan existir los seres humanos, dando vida a la población y por ende es menester poder cuidar este recurso.
CONSIDERANDO
Que la municipalidad puede organizar sus comisiones, oficinas o unidades de acuerdo a las necesidades de la población. En el presente caso es menester constar con una oficina municipal de agua y saneamiento para que pueda actuar en el ordenamiento y control de la prestación de servicios de agua potable y verificar que se cumplan son las políticas municipales en el marco del agua y saneamiento.
POR LO TANTO
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; Artículos 1, 3, 5, 6, 9, 35 inciso i), 78, 80, 81 y 82 decreto 12-2002; artículos 1, 2, 3, 78, 79, 80, 85, 87, 93, 96, 97, 98, 100, 101, del decreto número 90-97, código de salud, ambos del Congreso de la Repulica.
ACUERDA
"APROBAR LA CREACIÓN DE LA OFICINA MUNICIPAL DE AGUA Y SANEAMIENTO
DE LA MUNICIPALIDAD USPANTÁN DEL DEPARTAMENTO DE EL QUICHE"
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