ACUERDO GUBERNATIVO  284-2016

Se aprueba la ampliación del presupuesto de ingresos y egresos del instituto Nacional de Electrificación (INDE), para el ejercicio fiscal 2016.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 284-2016

Guatemala, 28 de diciembre de 2016


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;


CONSIDERANDO:

Que el Instituto Nacional de Electrificación (INDE), solicitó autorización para ampliar su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Dieciséis, en la cantidad de DOSCIENTOS MILLONES DE QUETZALES (Q200,000,000), con el propósito de incorporar el Aporte del Gobierno aprobado a dicha Empresa, a través de la Entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, mediante Acuerdo Gubernativo número 21-2016 de fecha 19 de diciembre de 2016, para fortalecer la inversión en Electrificación Rural;


CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, y su Reglamento, establecen que cuando se amplíe el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas;


CONSIDERANDO:

Que al tenor de lo que preceptúa el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las autoridades del Instituto Nacional de Electrificación (INDE), serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la correcta utilización de los créditos aprobados con el presente Acuerdo;


CONSIDERANDO:

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen número 756 de fecha 22 DIC 2016, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, y la Resolución número 430 de fecha 27/12/2016, del Ministerio de Finanzas Públicas;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q), y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y lo que establece el Acuerdo Gubernativo número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44;


ACUERDA:

 
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