ACTA MUNICIPAL  190-2016.4

Autorizar la SUBASTA PÚBLICA DE VEHÍCULOS PARA DESARME Y CHATARRA QUE SE ENCUENTRAN EN EL PREDIO MUNICIPAL MINERVA ZONA ONCE DE MIXCO.


ACTA NÚMERO 190-2016 PUNTO CUARTO


EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE MIXCO, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA

CERTIFICA: Que para el efecto tiene a la vista el punto cuarto del acta número ciento noventa del año dos mil dieciséis, de la Sesión Pública Ordinaria del Honorable Concejo Municipal de Mixco, departamento de Guatemala, celebrada el quince de diciembre del año dos mil dieciséis, el cual en su parte conducente dice:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE MIXCO


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo treinta y siete de la Ley de Tránsito, los vehículos chatarra o cosas incautadas o vehículos dejados en la vía pública que hayan causado abandono conforme al párrafo segundo del articulo treinta y cinco de la referida ley, se venderán en pública subasta, o se adjudicarán al Ministerio de Gobernación o a las municipalidades, según corresponda, si después de seis meses de haber incluido su descripción en los avisos colocados por la autoridad de tránsito en lugares visibles y públicos de sus oficinas nacionales, departamentales municipales u otras, según sea el caso, no fueren reclamados par sus propietarios o legítimos tenedores;


CONSIDERANDO:

Que el Juzgado de Asuntos Municipales y de Tránsito, con fecha veintiocho de abril del año dos mil dieciséis, publicó en los estrados de esta Municipalidad, el listado de los vehículos que fueron retirados o incautados en la vía pública, el cual incluyó el número de placa de cada vehículo, color, marca, fecha de ingreso al predio municipal lo anterior con el objeto que las personas individuales o jurídicas, propietarios de los mismos, puedan reclamar la devolución de dichos bienes muebles;


CONSIDERANDO:

Que el aviso antes referido permaneció a la vista del público por el plazo de seis meses, sin que los bienes muebles fueran reclamados por sus legítimos propietarios;


POR TANTO:

Con fundamento en lo que disponen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de lo República de Guatemala; 2,3 y 35 del Código Municipal y sus Reformas; 1,2,3,4,5,8,35.36,38 y 39 de la Ley de Tránsito: El Honorable Concejo Municipal por UNANIMIDAD de votos;


ACUERDA:

I.- Autorizar la SUBASTA PÚBLICA DE VEHÍCULOS PARA DESARME Y CHATARRA QUE SE ENCUENTRAN EN EL PREDIO MUNICIPAL MINERVA ZONA ONCE DE MIXCO, conforme a lo siguiente:

 
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