ACUERDO GUBERNATIVO  61-2015

Se aprueba el listado taxativo de proyectos, Obras, Industrias o actividades.

*Queda derogado por el Acuerdo Gubernativo 20-2016 del Presidente de la República.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 61-2015

Guatemala, 25 de febrero de 2015


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece la obligación estatal, municipal y para todos los habitantes de propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico; debiéndose dictar todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente, evitando su depredación.


CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo Gubernativo 134-2005 de fecha 20 de abril de 2005, se aprobó el Listado Taxativo de Proyectos, Obras, Industrias o Actividades, el cual ya no se ajusta a la realidad nacional ni es suficiente para responder a las exigencias de los avances industriales y tecnológicos, así como a los cambios sociales, por lo que, para una mejor aplicación del Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental, es imperativo modificar el relacionado listado. En tal virtud, es necesario emitir la disposición legal correspondiente.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el articulo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en lo establecido en los artículos 97 del mismo cuerpo constitucional; 27 literal j) y 29 bis, del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA:

 
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