DECRETO DEL CONGRESO 17-2014
LEY QUE DECLARA EL DÍA DEL AGUA Y QUE FOMENTA LA CAMPAÑA NACIONAL CUIDEMOS EL AGUA.
DECRETO NÚMERO 17-2014
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico, para cuyo efecto se dictarán todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente, evitando su depredación.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 119 del mismo cuerpo constitucional citado, en su literal c) señala como obligación del Estado el adoptar las medidas que sean necesarias para la conservación, desarrollo y aprovechamiento de los recursos en forma eficiente.
CONSIDERANDO:
Que la Organización de las Naciones Unidades -ONU-, declaró el día 22 de marzo como "Día Mundial del Agua", con el propósito de promover que la población tome consciencia de la importancia de preservar el vital líquido a través de un aprovechamiento razonable de los recursos hídricos para la productividad económica y el bienestar social.
CONSIDERANDO:
Que en seguimiento a la declaratoria de la Organización de las Naciones Unidas -ONU-, en el año 2002 el Congreso de la República aprobó respectivamente el Acuerdo Legislativo Número 34-2002 alusivo al "Día del Agua", el cual es plausible y debe elevarse a formar parte de este Decreto, lo que permitirá que en Guatemala se celebre oficialmente el mismo.
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Ministerio de Educación, como la instancia encargada en materia educativa, asumir la responsabilidad de promover, orientar, garantizar todo proceso educativo y en este caso realizar la celebración del "Día del Agua" y la campaña nacional "Cuidemos el Agua" con el apoyo y la participación de todos los sectores involucrados en la gestión ambiental.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente:
LEY QUE DECLARA EL DÍA DEL AGUA Y QUE FOMENTA
LA CAMPAÑA NACIONAL CUIDEMOS EL AGUA
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