ACUERDO MINISTERIAL  53-2014

Se nombran a los delegados titular y suplen te, para que representen al Ministerio de Salud Pública, y formen parte del Consejo Departamental de Desarrollo Urbano y Rural de Huehuetenango


ACUERDO MINISTERIAL No. 53-2014

Guatemala, 27 de marzo de 2014


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
Y ASISTENCIA SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo que establece el Decreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, el Sistema de Consejos de Desarrollo es el medio principal de participación de la población maya, xínca y garífuna y la no indígena, en la gestión pública para llevar a cabo el procese de planificación democrática del desarrollo, por lo que el presente Acuerdo Ministerial es de interés social y general tomando en cuenta los principios de unidad nacional, multiétnica, pluricultural y multilingüe de la nación guatemalteca.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 461-2002, de fecha 29 de noviembre de 2002, Reglamento de la Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, la acreditación de los representantes de las entidades gubernamentales y no gubernamentales, que integran el Sistema de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, deberá hacerse por escrito, ante la Secretaría del Consejo correspondiente, dentro de los quince (15) días posteriores a su designación o nombramiento.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a) f) y g) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y, con fundamento en el artículo 27 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA:

 
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