ACUERDO GUBERNATIVO 117-2014
Se crea el Gabinete de Pueblos Indígenas e Interculturalidad
*Derogado Por el Acuerdo Gubernativo 11-2019 de fecha 17-01-2019.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 117-2014
Guatemala, 25 de marzo de 2014
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República reconoce el derecho de las personas y de las comunidades a su identidad cultural de acuerdo a sus valores, idiomas y costumbres; asimismo, determina que Guatemala está formada por diversos grupos étnicos y que el Estado reconoce, respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones y formas de organización social, por lo que debe ser compromiso del Estado, contribuir positivamente en la construcción de la igualdad y unidad en la diversidad que permita la convivencia pacífica y alcanzar el bienestar para todos.
CONSIDERANDO
Que el Estado de Guatemala al haber ratificado el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT-, sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes y suscrita la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, así como, lo establecido en el Acuerdo de Paz sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, adquirió compromisos para con estos pueblos, que requieren modificaciones en la institucionalidad estatal que se deben abordar de manera integral.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo establece que, para fines de coordinación del diseño y gestión de acciones y políticas públicas así como la discusión y formulación de propuestas que atañen a más de un Ministerio de Estado, podrán funcionar gabinetes específicos creados por Acuerdo Gubernativo a fin de lograr los resultados en los planes de Gobierno. Por lo anterior, se estima pertinente que para lograr los fines previstos anteriormente, debe dictarse la disposición legal correspondiente.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones contenidas en el artículo 183 literales a) y e) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en lo que establecen los artículos 5,6,7 y 18 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
Lo siguiente:
CREACIÓN DEL GABINETE DE PUEBLOS INDÍGENAS E INTERCULTURALIDAD
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