ACUERDO MINISTERIAL 330-2013
Se acuerda aprobar el decremento de Q. 0.07 equivalente a 0.9873% como ajuste de precio por concepto de fluctuación de precios en menos.
ACUERDO MINISTERIAL No. 330-2013
Guatemala, 28 de noviembre de 2013
MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS
CONSIDERANDO
Que la entidad proveedora SERVICIOS QUIRÚRGICOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, adjudicada dentro del Concurso Nacional de Oferta de Precios DNCAE número cero dos guión dos mil once (DNCAE No.02-2011) para la adquisición de Material Médico Quirúrgico Menor, (Dispositivos médicos), Paquete uno, presentó solicitud de fluctuación de precios en menos para el producto identificado con el código 295-1-110, consistente en Jeringa de 2 ML- 3 ML, para gasometría arterial, con anticoagulante, con aguja descartable, adjudicada a siete quetzales con nueve centavos de quetzal (Q. 7.090), y solicita se le autorice venderla a siete quetzales con dos centavos de quetzal (Q.7.02), representando un decremento de siete centavos de quetzal (Q. 0.07), equivalentes a un decremento en los precios a razón de 0.9873%.
CONSIDERANDO
Que las entidades requirentes del referido concurso, por medio de las Autoridades Administrativas Superiores del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y el Centro Médico Militar, manifestaron por escrito en forma expresa, su anuencia y autorización del decremento de siete centavos de quetzal (Q. 0.07), sobre la base del precio del producto que nos ocupa.
POR TANTO
En uso de las funciones que le confiere el artículo 46 bis, literal i; lo establecido en los artículos 7 y 61 del Decreto número 57-92, "Ley de Contrataciones del Estado", así como lo preceptuado en el artículo 27, literal m) del Decreto número 114-97, "Ley del Organismo Ejecutivo", ambos Decretos del Congreso de la República de Guatemala; artículos 3, numeral 2 del Acuerdo
ACUERDA
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