ACUERDO MINISTERIAL  826-2013

Disposiciones para la administración de los contingentes arancelarios de conformidad con la resolución 315-2013 (COMIECO-EX).


ACUERDO MINISTERIAL No. 826-2013

Guatemala, 29 de noviembre de 2013


LA VICEMINISTRA DE INVERSIÓN Y
COMPETENCIA ENCARGADA DEL DESPACHO


CONSIDERANDO:

Que es de estricto interés del Estado de Guatemala, y de conformidad con la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República, le corresponde al Ministerio de Economía hacer cumplir el régimen jurídico relativo al desarrollo de las actividades productivas, del comercio interno y externo, la promoción de la competitividad y el desarrollo industrial. En ese sentido es de de alta importancia el cumplimiento de los compromisos asumidos en el marco de los acuerdos comerciales internacionales.


CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 2-2013, del Congreso de la República, fue aprobado el Acuerdo por el que se Establece una Asociación entre Centroamérica, por un lado, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por el otro, ratificado por Acuerdo Gubernativo de fecha 27 de junio de 2013.


CONSIDERANDO:

Que mediante resolución número 315-2013 (COMIECO-EX) de fecha 5 de julio 2013, el Consejo de Ministros de Integración Económica, aprobó el Reglamento Centroamericano para la Administración de los Contingentes Regionales establecidos en el Acuerdo de Asociación, publicado por Acuerdo Ministerial número. 477-2013 del-01 de agosto de 2013, del Ministerio de Economía.


CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y Unión Europea, en el Anexo I, Eliminación de Aranceles Aduaneros, Apéndice 1, se establecen los Contingentes Arancelarios de Importación de las Repúblicas de Centroamérica y en el Apéndice 2, se establecen los Contingentes Arancelarios de importación de la Unión Europea y sus Estados Miembros; y en el Anexo II, relativo a la definición del concepto de productos originarios y métodos de cooperación administrativa, Apéndice 2A, en el que se establece el "Addendum de la lista de las elaboraciones o transformaciones que deben aplicarse a los materiales no originarios para que el producto transformado pueda tener el carácter originario" por lo que, con el propósito de dar cumplimiento al compromiso contraído, es necesario emitir la disposición administrativa pertinente, con base al Acuerdo Ministerial número 477-2013 del 01 de agosto de 2013 del Ministerio de Economía, por el cual se publicó la resolución número 315-2013 (COMIECO-EX) del 05 de julio 2013.


POR TANTO,

En el ejercicio de las funciones que les asignan los artículos 23, 27 literales c), f) y m); y 32 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA:


EMITIR LAS DISPOSICIONES PARA LA ADMINISTRACIÓN
DE LOS CONTINGENTES ARANCELARIOS DE CONFORMIDAD
CON LA RESOLUCIÓN NÚMERO 315-2013 (COMIECO- EX),
DEL 5 DE JULIO DE 2013, PUBLICADA POR ACUERDO
MINISTERIAL NUMERO 477- 2013 DEL 1 DE AGOSTO DE 2013,
DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA.


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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