ACUERDO MINISTERIAL  210-2013

No se efectuará cobro alguno por concepto de las certificaciones que emite la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles.


ACUERDO MINISTERIAL No. 210-2013

Guatemala, 04 de octubre de 2013


EL MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República, las funciones del Organismo Ejecutivo y del Ministerio de Finanzas Públicas como parte del mismo, deben de ejercitarse con arreglo a los principios de eficacia y eficiencia, entre otros.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 46 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas, Acuerdo Gubernativo 394-2008, de fecha 23 de diciembre de 2008, reformado por Acuerdo Gubernativo 135-2012 de fecha 4 de Julio de 2012, a la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles -DICABI- le corresponde establecer y mantener el Sistema de Valuación Uniforme y Registro Fiscal de todos los bienes inmuebles del país.


CONSIDERANDO:

Que como parte de las actividades del Sistema de Valuación Uniforme y Registro Fiscal de los bienes inmuebles del país, la DICABI extiende las certificaciones de Carencia de Bienes, la cual es utilizada para hacer constar que la persona que se indica en ella, carece de bienes inmuebles registrados en la Matrícula Fiscal.


CONSIDERANDO:

Que los avances y desarrollo tecnológico con que cuenta el Ministerio de Finanzas Públicas le permiten adoptar sistemas electrónicos para extender las certificaciones de Carencia de Bienes en forma ágil y sistematizada, por lo que es innecesario continuar realizando cobro alguno por las mismas.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala, con fundamento en los artículos 27 literales a), f) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República y los artículos 2, 8 y 9 numerales 1,2 y 4 del Acuerdo Gubernativo 394-2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Publicas.


ACUERDA

 
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