ACTA MUNICIPAL 012-2013.4
Se autoriza los cobros de las tasas que se indican, para el Plan de tasas y arbitrios de la Municipalidad de Puerto Barrios, Departamento de Izabal
ACTA ORDINARIA No. 012-2013 PUNTO CUARTO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PUERTO BARRIOS, CABECERA DEL. DEPARTAMENTO DE IZABAL, CERTIFICA: EL PUNTO CUARTO DEL ACTA ORDINARIA No. 012-2013 DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE FECHA VEINTICINCO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL TRECE, EL QUE LITERALMENTE DICE:
"CUARTO: Se conoció el oficio remitido por el Director Municipal de Planificación, Ronald Francisco Zuñiga Méndez, y el Encargado de la Unidad de Gestión Ambiental Municipal, Fernando Augusto Velásquez Conde; por medio del cual informan sobre los requisitos que se solicitan para poder otorgar Aval Municipal para Negocio, o Licencia de Sanidad; asimismo solicitan se autorice el cobro en concepto de Tasa de Aval Municipal para el Funcionamiento de Negocios y Punto de Acta para Licencias de Sonido en el Municipio de Puerto Barrios; tomando en consideración que estos cobros no fueron contemplados en el Plan de Tasas y Arbitrios Municipales, sugiriendo para tal efecto lo siguiente:
CLASIFICACIÓN | DENOMINACIÓN |
TASA ANUAL PARA AVAL MUNICIPAL |
A | Hoteles, Restaurantes y Discotecas | Q 1,200.00 |
B | Súper y Mini Súper | Q 1,200.00 |
C | Antojitos y comedores | Q 300.00 |
D | Ranchones, refresquerías, cafeterías, club cervecero | Q 600.00 |
E | Billares | Q 500.00 |
F-A | Club Nocturnos y Bares | Q 1,000.00 |
F-B | Bares y Cantinas | Q 500.00 |
Tasa Anual por Concepto de Licencias de Sonido para funcionamiento de negocio. | Q 400.00 |
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