ACTA MUNICIPAL  070-2012

Reglamento para la prestación de Servicio de Transporte de pasajeros, de carga, áreas de parqueos y terminales en el Municipio de Ipala, Departamento de Chiquimula.


ACTA NÚMERO 070-2012


EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL
DEL MUNICIPIO DE IPALA DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA.


CERTIFICA:

Que para el efecto ha tenido a la vista el legajo de hojas móviles número 3922, de las sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Honorable Concejo Municipal, donde se encuentra el acta número 070-2012 de fecha dieciocho de septiembre de dos mil doce que copiada en su parte conducente: ACTA 070-2012. Sesión Publica Ordinaria, celebrada por el honorable Concejo Municipal de Ipala, del departamento de Chiquimula, el día dieciocho de septiembre de dos mil doce, siendo las dieciocho horas con treinta minutos, es presidida por el Alcalde Municipal y Presidente del Concejo Nehemías de Jesús Argueta Berganza, Licenciado Cesar Leónidas Antonio López, Sindico Primero; Profesor Julio Ernaldo Javier Guerra, Sindico Segundo, los concejales Federico Guillermo Catalán Acevedo, Concejal Primero, Jerónimo Romero Monroy Concejal Segundo. Susette Dolores Lam Pérez, Concejal Tercero, Dina Guadalupe Folgar Carranza, Concejal Cuarto y Secretario Municipal que autoriza Licenciado Edwin Hernán Pérez Sagastume, se procede de la manera siguiente: PRIMERO: CUARTO: REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE CARGA, AREAS DE PARQUEOS Y TERMINALES EN EL MUNICIPIO DE IPALA, EL CONCEJO MUNICIPAL DE IPALA, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA. CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; para lo que emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos. CONSIDERANDO: Que el artículo 68 del Código Municipal establece en su literal c) que es una competencia propia del municipio la regulación del transporte de pasajeros y de carga y sus terminales locales. CONSIDERANDO: Que para garantizar a los vecinos del Municipio de Ipala una eficiente prestación del servicio de pasajeros y de carga, así como sus terminales es indispensable contar con un reglamento de prestación de dicho servicio. POR TANTO: El honorable Concejo Municipal, con base en lo considerado y lo que para el efecto establecen los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, 11, 35 literal b) e i) y 68 literal c) del Código Municipal, ACUERDA: Aprobar el siguiente:


REGLAMENTO PARA LA PRESTACION DE SERVICIO
DE TRANSPORTE DE PASAJEROS,
DE CARGA, AREAS DE PARQUEOS Y
TERMINALES EN EL MUNICIPIO DE IPALA.


TITULO I.
GENERALIDADES

 
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