ACUERDO MINISTERIAL  018-2013

Se modifica el Acuerdo Ministerial OM-268-98, el cual otorga a la entidad Empresa de Generación de Energía Eléctrica, autorización definitiva para la prestación del servicio de generación de energía

*Derogado por el Acuerdo Ministerial 117-2017.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 018-2013

Guatemala, 25 de enero de 2013


EL VICEMINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS
ENCARGADO DEL DESPACHO


CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo Ministerial número OM-268-98 del 21 de julio de 1998 se le otorgó a la entidad Empresa de Generación de Energía Eléctrica del -INDE-, Autorización Definitiva para la prestación del servicio de Generación de Energía Eléctrica, en la Planta Hidroeléctrica "CHIXOY", por un plazo de cincuenta (50) años, contado a partir del día siguiente de la fecha de notificación del Acuerdo Ministerial OM-268-98 del 21 de julio de 1998, a la entidad Empresa de Generación de Energía Eléctrica del -INDE- (EGEE), suscribiendo dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de publicación del Acuerdo Ministerial mencionado, el correspondiente contrato en Escritura Pública número cinco (5) del cinco de agosto de mil novecientos noventa y ocho, faccionada por la Notaria Sara Lorena Ralda Porras, instrumento en el cual se describen los términos y condiciones bajo las cuales se regirá dicha autorización.


CONSIDERANDO:

Que ante el Ministerio de Energía y Minas, fue presentada por parte de la entidad Empresa de Generación de Energía Eléctrica del -INDE- (EGEE), solicitud de Ampliación de la autorización que fue otorgada para la Planta "CHIXOY", para el efecto se especifique el nombre de los afluentes de los ríos y la elevación de los mismos para la planta en mención, en virtud que ésta información no consta dentro del Acuerdo Ministerial de Autorización Definitiva para la prestación del servicio de Generación de Energía Eléctrica, ni dentro del Contrato de Autorización Definitiva a la Empresa de Generación de Energía Eléctrica del -INDE- (EGEE) para la prestación del Servicio de Generación de Electricidad.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad a lo regulado en la Ley General de Electricidad y su Reglamento, la referida solicitud fue debidamente calificada, estableciéndose que llena los requisitos técnicos y legales, de acuerdo a las actuaciones que obran dentro del presente expediente; por lo que se hace necesaria la emisión del correspondiente Acuerdo Ministerial de autorización.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 19 de la Ley General de Electricidad; 5 del Reglamento de la Ley General de Electricidad; 22 y 27 literal m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 4 literal h) y 6 literal b) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas, y Acuerdo Ministerial número 014-2013 del veinticuatro de enero del dos mil trece emitido por el Ministerio de Energía y Minas;


ACUERDA:

 
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