ACUERDO  46-2012

Se acuerda la reestructuración de los Centros Administrativos de Gestión Penal de la República de Guatemala.


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


ACUERDO NÚMERO 46-2012


CONSIDERANDO:

Que es función de la Corte Suprema de Justicia velar porque la justicia sea pronta y cumplida, para el efecto deberá dictar las providencias necesarias para remover los obstáculos que se opongan velando para que los procedimientos de trabajo sean ágiles y las notificaciones se realicen en los plazos de ley.



CONSIDERANDO:

Que en las políticas del Organismo Judicial establecidas dentro del Plan Estratégico Quinquenal dos mil once - dos mil quince (2011 - 2015) está la de privilegiar y fortalecer la función jurisdiccional.


CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo 65-98, del veintitrés de julio de mil novecientos noventa y ocho, emitido por la Corte Suprema de Justicia, se crea el Centro Administrativo de Gestión Penal con el objetivo de garantizar y centralizar todos los procesos y documentación para realizar una distribución equitativa de trabajo entre los Órganos Jurisdiccionales que funcionan en la Torre de Tribunales; sin embargo otros Acuerdos desnaturalizaron la función del Centro que se ha burocratizado e incide negativamente en la realización de los fines de su creación.


CONSIDERANDO:

Que las reformas al Código Procesal Penal contenidas en los Decretos 18-2010 y 7-2011 del Congreso de la República de Guatemala implican la necesidad de reestructuración de los Centros administrativos de Gestión Penal acorde a los principios de celeridad, oralidad y sobre todo proyectar la transparencia en los servicios que prestan dichos Centros, que por la función asignada realizan funciones propias de los auxiliares de los órganos jurisdiccionales penales; y a la vez, es oportuno uniformar la denominación con otros centros departamentales que prestan servicios auxiliares a la administración de justicia penal del Organismo Judicial.


POR TANTO:

Con base a lo dispuesto en los Artículos 203 y 205 de la Constitución Política de la República, 43 y 52 del Código Procesal Penal y en uso de las facultades que le confieren los Artículos 52, 53, 54 inciso f), 55 inciso f y j), 57 y 58 de la Ley del Organismo Judicial; 2, 3, 11, 24, 25 del Reglamento Interior de Juzgados y Tribunales Penales, Acuerdo 24-2005, modificado por Acuerdo 7-2006 de la Corte Suprema de Justicia.


ACUERDA:


LA REESTRUCTURACIÓN DE LOS CENTROS ADMINISTRATIVOS DE GESTIÓN PENAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

 
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