ACUERDO MINISTERIAL  402-2012

Se faculta al Registro de la Propiedad Intelectual, para aplicar las cuarenta y cinco clases que conforman la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de Marcas (Clasificación de Niza)


ACUERDO MINISTERIAL No. 402-2012

Guatemala, 22 de agosto de 2012


EL MINISTRO DE ECONOMIA


CONSIDERANDO:

Que el Registro de la Propiedad Intelectual, para efectos de la clasificación de los productos y servicios para los cuales se solicita el registro de marcas, aplica la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de Marcas (Clasificación de Niza) novena edición.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la décima edición de la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de Marcas (Clasificación de Niza) publicada en dos mil once, se modifica y actualiza la novena edición, por lo que debe emitirse la disposición legal que faculte al Registro de la Propiedad Intelectual, la aplicación inmediata de la nueva versión de la clasificación mencionada.


POR TANTO,

En el ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 27 inciso m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo, y con fundamento en el artículo 32, incisos f) y g) del Decreto citado, 164 y 167 del Decreto número 57-2000 del Congreso de la República, Ley de Propiedad Industrial,


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