ACUERDO GUBERNATIVO  220-2012

Reglamentos de Cobro de la Dirección General de Servicios de Seguridad Privada.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 220-2012

Guatemala, 5 de septiembre de 2012


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que la Ley que Regula los Servicios de Seguridad Privada, norma los servicios que prestan las personas individuales o jurídicas en el área de seguridad privada; asimismo, establece los servicios que debe prestar la Dirección General de Servicios de Seguridad Privada en el área de seguridad, la protección, transporte de valores, vigilancia, tecnología y consultoría en seguridad e investigación en el ámbito privado, así como los mecanismos de control y fiscalización.


CONSIDERANDO:

Que por los servicios que presta la Dirección General de Servicios de Seguridad Privada deben cobrarse los honorarios por cada uno de dichos servicios, por lo que es procedente emitir la disposición legal respectiva.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en el artículo 69 de la Ley que Regula los Servicios de Seguridad Privada, Decreto número 52-2010 del Congreso de la República,


ACUERDA:

Aprobar el siguiente:


Reglamento de Cobros de la Dirección General de Servicios de Seguridad Privada

 
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