ACUERDO MINISTERIAL 13-2012
Disposiciones para la creación del Programa nacional Fitosanitario de los Cítricos
ACUERDO MINISTERIAL No. 13-2012
Edificio Monja Blanca: Guatemala, 13 de enero de 2012
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN
CONSIDERANDO:
Corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, desarrollar y coordinar acciones, para la planificación y ejecución de programas, campañas de prevención, control y erradicación de plagas de los vegetales. Así como dictar las normas que sean necesarias para la movilización, prevención y combate de plagas y enfermedades, a fin de evitar la diseminación de éstas en el territorio nacional.
CONSIDERANDO:
Que es necesario contar con información actualizada de la condición fitosanitaria de los cítricos que permita la prevención, control y erradicación de las plagas de interés cuarentenario y económico con el objeto de comercializar cítricos internamente sin que los mismos representen riesgo de diseminación de las mismas, la actualización de requisitos de importación y en apoyo a la gestión para el acceso a mercados de exportación y siendo de estricto Interés del Estado y de interés general.
POR TANTO:
Con fundamento en lo que establecen los artículos 6 literales c. d, e, h, j, k, m y 16 de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Decreto número 36-98 del Congreso de la República: 44 y 45 del Reglamento de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Acuerdo Gubernativo número 745-99; 7, 15 numeral 2) y 19 numeral 8) del Acuerdo Gubernativo No. 338-2010.
ACUERDA:
DISPOSICIONES PARA LA CREACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL
FITOSANITARIO DE LOS CÍTRICOS
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