ACUERDO  2-2012

Los Juzgados de lo Económico Coactivo, podrán remitir vía correo electrónico las órdenes de embargo de las cuentas de depósitos bancarios, que deben proporcionar las instituciones bancarias del país


ACUERDO NÚMERO 2-2012


CONSIDERANDO:

Que actualmente las formas de comunicación, a través de medios tecnológicos ofrecen garantía en cuanto a la certeza de su contenido e identidad del remitente, y que el Código Tributario, en el artículo 174 "B", establece la posibilidad de enviar por internet u otra red de comunicación, a la dirección de correo electrónico, que para el efecto proporcionen las instituciones bancarias sujetas a la vigilancia e inspección de la Superintendencia de Bancos, la orden de embargo de las cuentas de depósitos bancarios, por lo que es pertinente emitir las disposiciones que permitan la efectiva utilización de este sistema.


POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 54 incisos a) y f) y 77 de la Ley del Organismo Judicial, esta Corte integrada como corresponde,


ACUERDA:

 
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