ACUERDO  10-2011

Acuerda las Convocatorias a Asambleas Regionales de Jueces.


ACUERDO No. 10-2011


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 2 del Reglamento de la Ley de la Carrera Judicial, corresponde a la Corte Suprema de Justicia convocar a los jueces y magistrados de la Corte de Apelaciones y otros tribunales colegiados de igual categoría para la elección de quienes les representarán ante el Consejo de la Carrera Judicial. En el caso de los jueces se convocará a asambleas regionales, atendiendo a criterios de carácter geográfico determinados por la Corte Suprema de Justicia, procurando que los jueces realicen recorridos lo más corto que sea posible y que la ausencia de sus lugares de trabajo se límite al tiempo estrictamente necesario.


CONSIDERANDO:

Que se hace necesario que la Corte Suprema de Justicia convoque a la celebración de las asambleas regionales y nacional de jueces, para elegir a sus representantes ante el Consejo de la Carrera Judicial, para el período dos mil once, dos mil doce, ya que los representantes titular y suplente que integran actualmente el Consejo, concluyen su período el trece de julio del corriente año.


POR TANTO:

Con base en las facultades que le confiere la norma reglamentaria citada y los artículos: 5 inciso d) de la Ley de la Carrera Judicial; 2 al 16 del Reglamento de la Ley de la Carrera Judicial; 54 inciso f) de la Ley del Organismo Judicial.


ACUERDA:

 
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