ACUERDO  8-2011

Se prorroga hasta el treinta de abril del año en curso, la distribución de demandas nuevas a los juzgados de paz e instancia del ramo Civil.


ACUERDO No. 8-2011


CONSIDERANDO:

Que con el objeto de agilizar el procedimiento de los juicios que se encuentran en trámite en los Juzgados de Paz e Instancia del ramo Civil, se hace necesario prorrogar el plazo previsto en el Acuerdo número 50-2010 de esta Corte, relacionado con la distribución de demandas a los órganos jurisdiccionales de Paz e Instancia de dicho ramo dictándose para el efecto las disposiciones pertinentes.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 54 literales a) y f) de la Ley del Organismo Judicial,


ACUERDA:

 
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