ACUERDO MINISTERIAL  284-2010

Se autoriza al señor Oswaldo Danilo Lima Tobar, para que la entidad Mercantil a quien representa CORPORACIÓN S.E.O SERVICIOS EJECUTIVOS DE SEGURIDAD DE OCCIDENTE, S.A., preste servicios de Seguridad Privada.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 284-2010

Guatemala, 11 de noviembre de 2010


EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN


CONSIDERANDO:

Que el señor Oswaldo Danilo Lima Tobar, en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la Entidad Mercantil denominada CORPORACIÓN S.E.O. SERVICIOS EJECUTIVOS DE SEGURIDAD DE OCCIDENTE, SOCIEDAD ANÓNIMA, con fecha veintiocho de junio del dos mil cuatro, solicitó a este Ministerio autorización para que dicha entidad, pueda funcionar como entidad de seguridad privada.


CONSIDERANDO:

Que sobre dicha solicitud se pronunciaron favorablemente la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, la Policía Nacional Civil y la Procuraduría General de la Nación, por lo que, habiéndose llenado los requisitos correspondientes, es procedente acceder a lo solicitado por el señor Oswaldo Danilo Lima Tobar, para cuyo efecto se hace necesario emitir el Acuerdo Ministerial correspondiente.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los Artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y 27 literal m) del Decreto Numero 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; y 4 y 7 numeral 4 del Acuerdo Gubernativo 635-2007, Reglamento Orgánico del Ministerio de Gobernación; y, con fundamento en los Artículos 3º del Decreto Número 73-70, Ley de Policías Particulares y 5 del Decreto Número 11-97, Ley de la Policía Nacional Civil y sus reformas.


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 2,761 veces.
  • Ficha Técnica: 16 veces.
  • Imagen Digital: 16 veces.
  • Texto: 14 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 1 veces.
  • Formato Word: 5 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu