ACTA  40

Acuerda crear la Oficina Municipal de la Mujer, OMM, en la Municipalidad de Villa Canales, departamento de Guatemala.


ACTA NÚMERO 40


LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA CANALES DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA

CERTIFICA: Tener a la vista el Libro número 62 de Actas de sesiones del Concejo Municipal, en el que se encuentra el acta número cuarenta de fecha dieciocho de agosto de dos mil diez, en la que, en el punto DÉCIMO SEGUNDO se encuentra el Acuerdo Municipal número 257-40-62-2010, que copiado literalmente dice:

DECIMO SEGUNDO (Acuerdo No. 257-40-62-2010 ) El Honorable Concejo Municipal de Villa Canales


CONSIDERANDO:

Que con fecha 15 de junio del año dos mil diez, fueron publicadas las REFORMAS al Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, CODIGO MUNICIPAL, en las que en el Artículo 25 se adiciona el artículo 96 Bis que ordena, mediante un Acuerdo Municipal, la creación de la "Oficina Municipal de la Mujer" antes de finalizar el presente año 2010.


CONSIDERANDO:

Que dicha Oficina tendrá como fin primordial la atención a las necesidades específicas de la Mujer, en varios aspectos tales como el liderazgo comunitario, participación económica, social y política, para lo cual deberán asignarse anualmente los recursos económicos en el presupuesto de gastos de la Municipalidad.


CONSIDERANDO:

Que en el Artículo 26 de las Reformas antes indicadas, se adiciona el artículo 96 Ter que establece las atribuciones que competen a la funcionaría a cargo de la Oficina Municipal de la Mujer que será conocida como "OMM", la funcionaría nombrada para ocupar la dirección de ésta oficina deberá coordinar sus funciones con las demás oficinas técnicas de la Municipalidad, y deberá ser nombrada por el Concejo Municipal.


POR TANTO:

En base a lo establecido en el Artículo 25 de las Reformas al Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República en el que se adiciona el Artículo 96 Bis, por unanimidad ACUERDA:

 
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