ACUERDO 35-2010
Se acuerda instruir al personal de los juzgados de paz de la República que ocupan las plazas de Notificador I, Oficial I, Oficial II, comisario y/o Auxiliar de Servicios, realicen las citaciones que se generen en dichos juzgados.
ACUERDO No. 35-2010
CONSIDERANDO
Que con el objeto de cumplir con las citaciones y notificaciones y realizarlas de forma más expedita, se hace necesario facultar al personal de los Juzgados de Paz e Instancia de la República para que, de conformidad con las disposiciones procesales correspondientes puedan llevarlas a cabo, para lo cual se emiten las disposiciones legales pertinentes.
POR TANTO:
Con fundamento en lo que preceptúan los artículos 203 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 43, 160, y 173 del Código Procesal Penal; 80 del Código Procesal Civil y Mercantil; 54 literales a) y f), 57, 74 y 76 de la Ley del Organismo Judicial,
ACUERDA
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