ACUERDO MINISTERIAL  72-2010

Se acuerda autorizar a la entidad China Machine New Energy Corporation, para que pueda contratar los servicios de personas de la República Popular China, para la construcción y operación inicial de la Planta generación eléctrica "PLANTA JAGUAR".


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 72-2010

Guatemala, 04 de mayo de 2010


EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, en su Artículo 129 declara de urgencia nacional, la electrificación del país, con base en planes formulados por el Estado y las municipalidades, en la cual podrá participar la iniciativa privada. Con fundamento en esta norma constitucional, el Señor Presidente de la República emitió el Acuerdo Gubernativo número 88-2008, el veinticinco de febrero de dos mil ocho, por medio del cual declaró de urgencia nacional el "Plan de Acción para resolver la crisis del Sistema de Generación, Transporte y Distribución de Energía Eléctrica", mediante el Acuerdo Gubernativo que en su artículo 2, señala que con base en dicho Plan el Ministerio de Energía y Minas, deberá convocar a todos aquellos Ministerios de Estado, que conforme a sus competencias tengan responsabilidad directa en apoyar la implementación y ejecución del relacionado Plan.


CONSIDERANDO

Que con fundamento en el citado Plan de Acción, el Ministerio de Energía y Minas ha apoyado las gestiones para la instalación de una Planta Generadora de Energía accionada a través de Carbón de 300 megavatios, denominada "JAGUAR", la cual será construida por la entidad China Machine New Energy Corporation, a través de su subsidiaria CMNC Jaguar Guatemala, Sociedad Anónima; resulta que para la construcción de dicha obra civil se necesiten contratar técnicos especializados en la materia de los cuales carecemos en nuestro medio, razón por la que con basa en lo dispuesto por el referido Acuerdo Gubernativo número 88-2008, el Ministerio de Energía y Minas dictó el Acuerdo Ministerial número 49-2009, de fecha veintisiete de febrero de dos mil nueve, mediante el cual convocó al Ministerio de Trabajo y Previsión Social para que con fundamento en el Artículo 13 del Código de Trabajo, pueda autorizar a la entidad China Machine New Energy Corporation y su subsidiaria CMNC Jaguar Guatemala., Sociedad Anónima, para contratar y autorizar la permanencia en el país de un numero de ejecutivos y trabajadores extranjeros para el diseño, instalación, construcción y operación inicial de la referida Planta de Generación Eléctrica a base de carbón.


CONSIDERANDO

Con base en lo anterior y tomando en consideración que con fundamento en el aludido Plan de Acción, el propio Ministerio de Energía y Minas es el órgano que ha planteado la necesidad de contratar técnicos extranjeros para construir e instalar la Planta generadora de energía relacionada, lo que hace viable su contratación y autorización de ingreso al país, en este caso originarios de la República Popular China, por lo que es procedente modificar las proporciones descritas en el Artículo 13 del Código de Trabajo y tomar como base para tal modificación lo dispuesto por la literal a) del Artículo citado y por ende emitir el presente Acuerdo Ministerial.


POR TANTO

Con base en lo considerado, ley citada y lo que para el efecto preceptúan los Artículos 2, 4, 6, 7, 19, 27 literal j), 30 y 40 del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA

 
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