ACUERDO MINISTERIAL  8-2010

Acuerda emitir el Reglamento Interno de la Unidad de Atención de la Salud de los Pueblos Indígenas e Interculturalidad en Guatemala.


ACUERDO MINISTERIAL No. 8-2010

Guatemala, 20 de enero de 2010


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece como deber del Estado velar por la salud y la asistencia social de todos los habitantes, por ello desarrolla a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social. Asimismo, el Código de Salud establece que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, debe definir un modelo de atención integral que promueva la participación de instituciones sectoriales y comunidad organizada, priorizando acciones de promoción de la salud y prevención de las enfermedades, garantizando dicha atención en los distintos niveles de atención tomando en cuenta el contexto nacional, multiétnico, pluricultural y multilingüe.


CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento del marco legal citado y las leyes que sustentaron la emisión del Acuerdo Ministerial 1632-2009, de fecha 18 de noviembre de 2009, por medio del cual se creó la Unidad de Atención de la Salud de los Pueblos Indígenas e Interculturalidad en Guatemala, la que debe responder a los fines establecidos en el mismo, es procedente emitir su Reglamento respectivo.


CONSIDERANDO:

Por las consideraciones anteriores, se reconoce que en Guatemala coexiste el Sistema de Salud Oficial y los Sistemas de Salud Indígenas: Mayas, Garífunas y Xinkas; por lo que es necesario que el sistema oficial desarrolle procesos con enfoque de pertinencia cultural orientados por las cosmovisiones de los Pueblos indígenas y sus actores.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literal a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículo 27 literal m), de la Ley del Organismo ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA:

Emitir el siguiente:


"REGLAMENTO INTERNO DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN DE LA SALUD DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS E INTERCULTURALIDAD EN GUATEMALA"

 
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