ACUERDO MINISTERIAL 394-2009
Acuerda aprobar el Manual para la Bioseguridad y la Ficha Técnica para la Inspección en Unidades de Producción Porcina.
ACUERDO MINISTERIAL No. 394-2009
Edificio Monja Blanca: Guatemala, 11 de septiembre de 2009
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN
CONSIDERANDO:
Que es función del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, fomentar la producción pecuaria y, consecuentemente, prevenir, controlar y erradicar las plagas y enfermedades que, como la Peste Porcina Clásica (PPC), afectan a la porcicultura nacional en la etapa de producción.
CONSIDERANDO:
Que, es competencia del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, establecer la normativa que regule la movilización de ganado porcino, productos y subproductos en todo el territorio nacional a fin de evitar la aparición o diseminación de focos de Peste Porcina Clásica a través de esta forma.
CONSIDERANDO:
Que, corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación determinar las condiciones sanitarias para el establecimiento y funcionamiento de los medios de transporte de animales de la especie porcina.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones establecidas en los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República y sus reformas: capítulo II, artículo 6 literal j), k) de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Decreto 36-98 del Congreso de la República; artículo 8 inciso c) del Acuerdo Gubernativo No. 745-99 Reglamento de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, 5 y 6 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación , Acuerdo Gubernativo número 278-98 y sus reformas.
ACUERDA:
APROBAR EL MANUAL PARA LA BIOSEGURIDAD Y LA FICHA TÉCNICA PARA LA INSPECCIÓN EN UNIDADES DE PRODUCCIÓN PORCINA
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