ACUERDO GUBERNATIVO 187-2009
Se acuerda aprobar las medidas efectuadas en el Terreno Baldío denominado "ALTA LUZ CHACOLÍN" ubicado en jurisdicción Municipal de Barillas, Departamento de Huehuetenango.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 187-2009
Guatemala, 3 de julio del 2009
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Ley de Transformación Agraria, los terrenos baldíos una vez localizados y medidos deben ser inscritos a favor de la Nación, con el objeto de que pueden ser destinados al establecimiento de Zonas de Desarrollo Agrario o lotificaciones rústicas para proporcionar tierra a los campesinos y campesinas que carecen de ella como lo determina la Constitución Política de la Republica de Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que habiéndose efectuado los trabajos de medida legal del terreno baldío denominado "ALTA LUZ CHACOLÍN", ubicado en Jurisdicción Municipal de Barillas, Departamento de Huehuetenango, por el Ingeniero Agrónomo Rodolfo Herrera Castillo, con número de colegiado dos mil setecientos treinta y uno (2731) y como consta en el respectivo expediente que las operaciones topográficas se encuentran ajustadas a la ley según dictamen número FT-ATR-007-2008, emitido por el Coordinador del Área Técnica de Regularización del Fondo de Tierras, Ingeniero Agrónomo Demetrio Cutzal Mijangos, el dieciocho de enero de dos mil ocho, es procedente emitir la disposición legal aprobando dichas, diligencias.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la Republica de Guatemala y con base en el artículo 161 del Decreto número 1551 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA:
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