ACUERDO GUBERNATIVO 5
Se acuerda nombrar a los directos Propietarios y Suplentes que integrarán la Junta Directiva del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad para un periodo de dos años.
ACUERDO GUBERNATIVO 5
Guatemala, 24 de agosto del 2009
El PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con d Decreto número 17-72 del Congreso de la República de Guatemala, fue creado el instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAP-, cuyo organismo superior es la Junta Directiva, integrada por doce miembros propietarios y sus respectivos suplentes, electos por un período de dos años, pudiendo ser reelectos.
CONSIDERANDO:
Que en la junta Directiva del -INTECAP-, se encuentran representados los sectores públicos, Privado y Laboral, de los cuales el sector público esta integrado por Directores exoficio, no así los sectores Privado y Laboral, por lo que se hace necesario dictar el nombramiento correspondiente, acorde con las propuestas que dichos sectores hicieran oportunamente.
POR TANTO:
Con base a lo considerado y lo que para el efecto establecen los artículos 183 literal s) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 13 y 14 del Decreto número 17-72 del Congreso de la República de Guatemala y reformado por el artículo 2, del Decreto Ley número 7-83.
ACUERDA:
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