ACUERDO MINISTERIAL  126-2008

Se acuerda autorizar para que en el Sistema de Contabilidad Integrada, se proceda a realizar el vínculo a nivel informático del Sistema de Inventario de Activos Fijos con el Sistema Informático de Gestión, y con la aplicación de Fondos Rotativos.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 126-2008

Guatemala, 30 de diciembre de 2008


EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS


CONSIDERANDO:

Que derivado del proceso de modernización del Sistema Integrado de Administración Financiera, la Dirección de Contabilidad del Estado como ente rector de la Contabilidad Integrada Gubernamental, considera necesario vincular el Sistema de Inventarios de Activos Fijos con el Sistema Informático de Gestión -SIGES- y con la aplicación de Fondos Rotativos, apoyándose en los recursos tecnológicos actuales para contar con información oportuna, eficiente y confiable, orientada a fortalecer los registros de activos del Estado y transparentar la gestión pública.


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Finanzas Públicas mediante Acuerdo Ministerial Numero 108-2004, autorizó la aplicación de Inventario de Activos Fijos y Fondos Rotativos y por Acuerdo Ministerial Número 40-2005 creó el Sistema Informático de Gestión -SIGES-, para ser utilizados por las instituciones del Sector Público, con la finalidad de optimizar el control y registro de los activos y los procesos de compra en cada una de sus etapas.


POR TANTO:

Con fundamento en lo que establece el Artículo 194 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala, lo preceptuado en el Artículo 27, literal m), del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República Ley del Organismo Ejecutivo, Artículo 49 literal a) del Decreto 101-97 Ley Orgánica del Presupuesto.


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 7,660 veces.
  • Ficha Técnica: 72 veces.
  • Imagen Digital: 72 veces.
  • Texto: 65 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 11 veces.
  • Formato Word: 13 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu