DECRETO DEL CONGRESO 59-2008
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 y su Protocolo Facultativo.
DECRETO NÚMERO 59-2008
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el Estado de Guatemala ha suscrito la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, tomando en consideración que la Carta de las Naciones Unidas proclama la libertad, la justicia y la paz en el mundo, y que tienen por base el reconocimiento de la dignidad y el valor inherentes y los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana.
CONSIDERANDO:
Que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencia y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, barreras que el Estado de Guatemala ha venido rompiendo al ofrecer a las personas con discapacidad, la legislación que vela por la garantía de sus derechos en igualdad de condiciones.
CONSIDERANDO:
Que el valor de las contribuciones que realizan y pueden realizar las personas con discapacidad al bienestar general y a la diversidad de sus comunidades es enormemente importante, y que la promoción del pleno goce de los derechos humanos y libertades fundamentales por las personas con discapacidad y de su plena participación, tendrán como resultado un mayor sentido de pertenencia de estas personas y avances significativos en el desarrollo económico, social y humano de la sociedad.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales a) y l) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
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