DECRETO DEL CONGRESO  70-2007

Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2008.


DECRETO NÚMERO 70-2007


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, en el artículo 183, literal j), establece como parte de las funciones del Presidente de la República, someter anualmente al Congreso de la República con no menos de ciento veinte días de anticipación a la fecha en que principiará el ejercicio fiscal, el proyecto de presupuesto que contenga en forma programática, el detalle de los ingresos y egresos del Estado.


CONSIDERANDO:

Que el Organismo Ejecutivo ha sometido al Organismo Legislativo para su aprobación, el proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Ocho, el cual, en su calidad de expresión financiera de la política general de Gobierno, tiene como principal propósito promover el bienestar de la población guatemalteca en el marco de los Acuerdos de Paz, los principios y compromisos del Pacto Fiscal y la continuidad de los programas tendentes a mantener la reactivación económica y el apoyo a los sectores sociales.


CONSIDERANDO:

Que las prioridades del gasto público han sido definidas por las distintas entidades de Gobierno bajo criterios de austeridad, racionalidad, eficiencia y productividad, dando énfasis a la atención de los requerimientos en materia de gasto social, especialmente en las áreas de educación, salud, seguridad ciudadana y justicia.


CONSIDERANDO:

Que el Organismo Ejecutivo estima de suma importancia el diseño de una estrategia presupuestaria que permita el financiamiento de las asignaciones que se encuentran contenidas en el proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Ocho, privilegiando la utilización de ingresos corrientes y fuentes financieras que presenten condiciones favorables en materia de plazos y costos de financiación.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a), b) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala,


DECRETA:

La siguiente:


LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL OCHO


TÍTULO I
PRESUPUESTO DE INGRESOS

 
...
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