ACUERDO MINISTERIAL 59-2007
Manual de Procedimientos, para la Administración de cuentas de depósitos monetarios y otras modalidades de ejecución financiadas con recursos provenientes de Organismos Multilaterales y Bilaterales de Inversión.
ACUERDO MINISTERIAL No. 59-2007
Guatemala, 07 de diciembre de 2007
EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS
CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica del Presupuesto aprobada mediante Decreto número 101-97, en su artículo 55 define que, el Ministerio de Finanzas Públicas a través de la Tesorería Nacional será el ente Rector del Sistema de Tesorería, cuyo objetivo es mantener la liquidez del tesoro público, mediante la formulación y administración del flujo de efectivo.
CONSIDERANDO:
Que el proceso de modernización del Sistema de Administración Financiera del Estado, requiere la constante revisión de los procedimientos administrativos y operativos, para facilitar, agilizar y transparentar la gestión pública que requiere disponer de información financiera completa, ordenada y oportuna que propicie un manejo eficiente de los recursos del Estado y los procesos de la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado.
CONSIDERANDO:
Que es necesario emitir el Acuerdo Ministerial que apruebe el Manual de Procedimientos, para coadyuvar a la política de transparencia y el resguardo de los recursos financieros en el Banco Central, bajo el concepto de Cuenta Única, relacionados con el uso de cuentas de depósitos monetarios para préstamos otorgados por Organismos Multilaterales y Bilaterales de Inversión.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones establecidas en los artículos 23, 27 literal m) y 35 literal f) del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo y lo estipulado en la literal e) del artículo 55 y 58 del Decreto número 101-97, Ley Orgánica del Presupuesto, todas del Congreso de la República.
ACUERDA:
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