ACUERDO MINISTERIAL  652-2007

Reformas al Acuerdo Ministerial 1173-99 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, de fecha 09 de diciembre de 1999, el cual asigna la función de acreditar a las personas individuales y jurídicas para certificar productos ecológicos.


ACUERDO MINISTERIAL No. 652-2007

Edificio Monja Blanca: Guatemala, 05 de octubre de 2007


EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN


CONSIDERANDO:

Que es necesario promover y regular la agricultura orgánica o ecológica a nivel nacional, estableciendo preceptos legales que fundamentan el uso y manejo de los recursos naturales renovables en la agricultura, para dar respaldo a las normas y controles necesarios en el proceso productivo y de comercialización.


CONSIDERANDO:

Que con la emisión del Acuerdo Ministerial 1173-99 de fecha 9 de diciembre de 1999 al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación se le asigna como función la de acreditar a las personas individuales y jurídicas para certificar productos ecológicos que requieran aval oficial para su comercialización. Posteriormente, con fecha 3 de mayo de 2002 se emitió el Acuerdo Gubernativo 145-2002 mediante el cual se creó la Oficina Guatemalteca de Acreditación, Encargada de la Evaluación, Control e Idoneidad de los Organismos de Evaluación de la Conformidad (OGA), a la cual corresponden las funciones de acreditación, así como auditoría técnica a las entidades acreditadas a nivel nacional, como unidad técnica de la Dirección del Sistema Nacional de Calidad del Ministerio de Economía, dejando sin vigencia los artículos 2 y 8 del Acuerdo Ministerial 1173-99, por lo que debe procederse a su derogación.


CONSIDERANDO:

Que los Miembros de la Comisión Nacional de Agricultura Ecológica han llegado a un consenso en cuanto a la propuesta de integración de la misma, de forma que les permita contar con una mayor participación de sus miembros y toda vez que los procedimientos para la integración se regularán por los estatutos de la Comisión, entidad que tiene carácter consultivo y no ejecutivo, por lo que es procedente reformar los artículos 3, 4 y 5 del Acuerdo Ministerial 1173-99 referentes a la integración y funciones de la Comisión.


POR TANTO:

Con fundamento en lo que establecen los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22, 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República; y 6o. del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo No. 278-98 y sus reformas,


ACUERDA:


LAS SIGUIENTES REFORMAS AL ACUERDO MINISTERIAL No. 1173-99 DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN, DE FECHA 9 DE DICIEMBRE DE 1999.

 
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